Código Deontológico

*Resumen de estatutos escogidos del código deontológico y de práctica profesional
de la Asociación Española de Terapia Gestalt (AETG)

Introducción

Este Código es beneficioso no solo para la protección de los consultantes, sino que también pretende proteger al terapeuta, estableciendo pautas de conducta que clarifiquen los límites de la práctica y de la responsabilidad profesional en el ámbito laboral.

Los terapeutas gestálticos tienen la responsabilidad de observar los principios inherentes al Código ético y de práctica profesional, y han de utilizar estos códigos como base de una buena práctica, en lugar de utilizarlos como un conjunto de exigencias mínimas.

Este Código es aplicable a todos los miembros individuales e institucionales de la Asociación Europea de Terapia Gestalt en el ámbito internacional. Cuando surja una discrepancia entre este Código y el Código del país, prevalecen las condiciones de este último.


Código ético

1. Declaración de que cada persona tiene igual valor.

2. Respeto por la singularidad, valía y dignidad de cada persona.

3. Aprecio de las diferencias de raza, de extracción social, étnicas, de género, de identidad o preferencia sexual, hándicap, edad, y la necesidad de espiritualidad.

4. Reconocimiento de la importancia de la autonomía y la autorregulación de la persona en el contexto de las relaciones interpersonales con pleno contacto.


Práctica profesional en Terapia Gestalt

Competencia

El terapeuta gestáltico solo emprenderá aquellas tareas que conoce, o debería saber que tiene la competencia necesaria para acometer y llevarlas a su culminación de forma beneficiosa para el proceso del consultante.

El terapeuta gestáltico a lo largo del proceso profesional y tras descubrir los límites de su competencia, derivará al consultante a otro profesional o establecerá una colaboración con uno o varios profesionales.

El primer paso en este proceso es renegociar el encuadre original con el consultante. Continuar con este significa tomar las medidas necesarias para desarrollar la propia competencia profesional.

Estatutos

El terapeuta examina cuidadosamente si su competencia puede aplicarse en el campo en el que ha de ejercerse el trabajo terapéutico en beneficio del consultante. Si el terapeuta gestáltico decide que el campo contextual, su estructura, límites y metas que dominan dicho campo son de algún modo contradictorios o demasiado restrictivos para el desarrollo de la competencia necesaria para el posterior desarrollo del proceso del consultante, se abstiene de cualquier proyecto terapéutico emprendido en dicho campo.

El terapeuta gestáltico busca ayuda y clarificación de su dificultad respecto a una situación problemática en un contexto de intercambio con colegas experimentados.

El terapeuta gestáltico busca una supervisión individual o grupal según sea más adecuada para recibir apoyo y clarificación en su situación.

El terapeuta gestáltico establece vínculos con miembros de otras profesiones e instituciones (como clínicas), para disponer del diagnóstico necesario y seguridad terapéutica.

El terapeuta gestáltico protege su trabajo y la profesión en general de cualquier acción, proyecto y procedimiento (conferencias, entrevistas, medios de comunicación, seminarios) impropias que no sean conformes a las pautas estándar aceptadas.

El terapeuta gestáltico atenderá el/ella mism@ a terapia individual en caso de perturbaciones personales en su trabajo terapéutico.

El enfoque metodológico y técnico del proceso terapéutico debe estar al servicio de los objetivos terapéuticos y de las peticiones del consultante acordadas en el encuadre.

En un proceso de formación que dura toda la vida profesional, el terapeuta gestáltico procura ampliar y profundizar su competencia personal y profesional.

El terapeuta gestáltico mantiene una documentación cuidadosa de su diagnóstico y del trabajo terapéutico con el consultante, y cumple la normativa del país en cuanto al plazo de conservación de los documentos y las medidas de seguridad requeridas.

Los terapeutas gestálticos facilitarán la privacidad de las sesiones, que no serán escuchadas, grabadas ni observadas por nadie excepto el terapeuta, sin un consentimiento expreso.

El terapeuta gestáltico respeta, también en público, el trabajo de los demás colegas y se abstiene de hacer observaciones descalificadoras sobre otros modelos teóricos, otras escuelas ocolegas con diferentes roles profesionales.

El terapeuta gestáltico no aceptará beneficios económicos o personales por derivar consultantes a otro colega o institución.


Relación terapeuta-consultante

La relación terapeuta-consultante es una relación profesional en la que el bienestar del consultante constituye el principal interés del terapeuta.

Los terapeutas gestálticos reconocen la importancia de la relación para una terapia eficaz y son conscientes del poder, la influencia y los temas de dependencia intrínsecos a la situación.

El terapeuta gestáltico actuará de un modo coherente respecto a este reconocimiento y no explota al consultante ni abusa económica, sexual, emocional, política ni ideológicamente en su propio beneficio o necesidades, ni en beneficio de ninguna otra persona o institución.

Los terapeutas gestálticos son conscientes de cuándo otras relaciones o compromisos externos entran en conflicto con los intereses del consultante.

El contacto físico en el proceso terapéutico está exclusivamente orientado en beneficio del consultante y exige una especial reflexión y cuidado profesional.

Los terapeutas gestálticos reconocen que relaciones duales como, empleado, amigo íntimo, pariente, vecino o pareja son incompatibles con el proceso terapéutico.


Enlace para acceder al Código Deontológico completo de la AETG:

https://aetg.es/sites/default/files/noticias_publico/Codigo_etico_y_de_practica_profesional.pdf


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